jueves, 10 de abril de 2008

SUPLENTES

Suplentes: presentación por pago de vacaciones

En la presentación realizada al titular de la cartera educativa, se señala que los educadores percibieron sus haberes de febrero con una merma respecto de lo cobrado en enero, e incluso en febrero de 2007, probablemente originada en una errónea liquidación de la licencia anual ordinaria del personal suplente, con menos de quince años de antigüedad.
En este sentido, se indica que es posible que a estos docentes se les hayan abonado sus salarios sólo desde su reintegro a las labores educativas, el 18 de febrero, cuando la prórroga del personal suplente -que se realiza desde 1999- a partir del 1º de enero, conlleva la continuidad del vínculo de empleo con el Estado.
Así, la nota expresa que en ningún caso resulta admisible un pago que no incluya la totalidad de febrero y que a las vacaciones corresponde abonarlas por el tiempo que proporcionalmente corresponda.
Asimismo, se recuerda que la prórroga de las suplencias tiene como objetivo poder receptar los exámenes en los diversos turnos y evitar demoras en la percepción de los haberes del personal suplente.
La presentación finaliza solicitando que se arbitren los medios para la resolucion urgente de la cuestión planteada.
Publicado el 01-04-2008